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Servicios AML y de Cumplimiento
La Autoridad Monetaria de las Islas Caimán ("CIMA") ha señalado que para que una entidad de inversión de las Islas Caimán cumpla con las Regulaciones contra el lavado de dinero (Revisión de 2018) ("Regulaciones AML"), debe designar a una persona física, a nivel gerencial, para actuar como su Oficial de Cumplimiento Anti-Lavado de Dinero ("AMLCO"), Oficial de Reporte de Lavado de Dinero ("MLRO") y Oficial Adjunto de Reporte de Lavado de Dinero ("DMLRO").
Las Regulaciones ALD se aplican a todas las entidades de Caimán que realizan "negocios financieros relevantes".


A partir del 1 de junio de 2018, las nuevas entidades deberán poder demostrar inmediatamente el cumplimiento de este requisito. Los fondos registrados deberán designar AMLCO, MLRO y DMLRO a través del portal REEFS.
Se requiere que la AMLCO tenga supervisión ALD de las actividades de una entidad de inversión, yendo más allá de las cuestiones y el cumplimiento ALD relacionadas con los inversionistas. La persona designada deberá tomar medidas para desarrollar y mantener sistemas y controles, informando y asesorando regularmente a la Junta sobre los problemas que deben abordarse y en contacto con y respondiendo a las solicitudes de los organismos y autoridades reguladores pertinentes. El MLRO y el DMLRO servirán como puntos clave de contacto para todos los informes de actividades sospechosas y serán responsables de informar las actividades sospechosas a las autoridades correspondientes.
La misma persona puede actuar como AMLCO y MLRO o DMLRO. MLRO y DMLRO deben ser personas separadas. Todas las personas nombradas deben tener conocimientos y experiencia adecuados y apropiados para desempeñar la función y deben demostrar autonomía en su capacidad para llevar a cabo la función designada.
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